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Francisco Igartua, Oiga y una pasión quijotesca

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Premio Internacional Francisco Igartua

¿Marcha atrás del ejecutivo? – Cambalache en Torre Tagle – por Felipe Valdivieso Belaunde – Oiga 1/08/1994

A todo el Perú le consta la manera ignominiosa como fue tratado el Servicio Diplomático de la República por el ingeniero Fujimori y el ‘cese’ arbitrario y brutal de 117 funcionarios integrantes de dicho servicio. Desde el 29 de diciembre de 1992 hasta la fecha había transcurrido más de un año y medio sin que el Poder Ejecutivo o el Legislativo hicieran nada para reparar la prepotencia con la que actuó entonces. El Ejecutivo se constituyó en un verdadero Muro de Berlín y el Legislativo, debido al comportamiento de la mayoría, no pasó de parodiar una zarzuela cuyo argumento fue jugar con las esperanzas de los funcionarios que ha­blan sido decapitados, por órdenes del ingeniero Fujimori, por su Damocles de turno, en este caso el doctor (?) Oscar de la Puente y Raygada.


Sintomáticamente, ahora que el Po­der Judicial viene resolviendo favora­blemente los recursos presentados por los diplomáticos ‘cesados’ y que la Cor­te Superior ha dispuesto la reincorpo­ración de once (11) de los mismos y otro buen número viene ganando la batalla en instancias inferiores, el inge­niero Fujimori se torna, aparentemente (para la galería), solícito y, mediante el Decreto Supremo Nº 23-94-RE, del 22 de julio, autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores realizar una eva­luación de los funcionarios que fueran ‘cesados’ abruptamente.


Es conveniente aclarar que de esos funcionarios, treinta y cinco (35) fue­ron defenestrados al reducirse el límite de edad en las diversas categorías y dos (2) lo fueron por ‘límite de tiempo en la categoría’. De los ochenta (80) restan­tes, entre muertos (de verdad), heridos y contusos hay alrededor de una vein­tena que no podrán ser incluidos en ‘la evaluación’ lo que limitará la tarea del canciller Goldenberg Schreiber a consi­derar tan sólo sesenta casos (60). A propósito, cabe aquí desvirtuar una información aparecida en un importante diario local que afirma que el “año ante­rior el gobierno empezó a rectificar el cese respecto a cinco diplomáticos”; dicha versión no es correcta.


Hay que advertir, también, que el decreto de marras contiene una trampa -cuándo no- y ella es que, de acuerdo a su artículo 3º, “La Dirección General de Administración... queda encargada de dar cumplimiento a las resoluciones ministeriales... siempre que medie la aceptación expresa de los funciona­rios involucrados". Como seguramente el señor Goldenberg tiene pensado evaluar positivamente, por razones po­líticas, a funcionarios de alto nivel, an­tes de producir la resolución les pedirá que desistan de recurrir al Poder Judi­cial y si ellos no se prestan a la jugarreta aparecerán como elementos ‘politiza­dos’ o simplemente nadie se entera que el funcionario fue evaluado positiva­mente.


El procedimiento que se ha buscado en esta ocasión tiende una vez más a elevar a la categoría de principio ético el rupestre apotegma ‘dividir para rei­nar’.


De otro lado, los contrasentidos en que incurre el nuevo decreto supremo son tan burdos que no existe pupila que no los detecte, lo que pone en evidencia que ha sido redactado, como los decretos leyes de diciembre de 1992, por jornaleros del SIN con el auxilio de algunos acalambrados -por el susto- asesores jurídicos del gobierno.


Entre las perlas que refulgen se en­cuentran las siguientes: a) Se pretende hacer volver al Servicio a los funcionarios ‘evaluados’, mediante resoluciones ministeriales dejando sin efecto una norma de carácter superior como es la resolución suprema que los ‘cesó’; este cambalache es tan sólo un pretexto para que el ingeniero Fujimori no tenga que firmar la resolución suprema perti­nente, o sea no tenga, como lo está haciendo, que rectificarse públicamen­te; b) Es falso que la resolución suprema que ‘cesó’ a algunos miembros del Ser­vicio Diplomático (lo hizo) al amparo de las normas citadas en los consideran­dos precedentes (DL 25889 declaran­do la ‘excedencia’ y DL 26117, nueva Ley del Servicio Diplomático). El pri­mero suponía que el procedimiento im­plicaba una auténtica evaluación que jamás se realizó y por ello la nómina fue hecha a dedo, allí también que ahora se les quiere ‘evaluar’; luego, tampoco fue­ron pasados a la situación de ‘retiro’ sino ‘cesados’, situación administrativa inexistente lo que ha obligado a la Can­cillería a enmendar recientemente ese error y, subrepticiamente, inscribirles como ‘retirados’ en el escalafón que se acaba de publicar y repartir; c) El decre­to supremo menciona erradamente el inciso 24) del art. 119 de la Constitu­ción Política del Perú. Dicho artículo no guarda, concordancia con el DS y, ade­más, no tiene ningún inciso. Falta gra­ve en un documento de esta naturaleza; d) el gobierno declara ahora que ‘es necesario’ autoriza al Ministro de Relaciones Exteriores a realizar una evaluación y adoptar las medidas a que haya lugar.


¿Por qué es necesario ahora y antes no?, ¿por qué este cambio súbito?, ¿no será porque anteriormente actuaron ile­galmente y ahora temen que la Corte Suprema los desenmascare dejándolos sin piso?, ¿cómo reaccionará el gobier­no cuando los recursos que ya están en esta instancia sean fallados favorable­mente? Este es, sin duda, el meollo del asunto y el origen del pánico guberna­mental. Pero lo que ha hecho bajar la cabeza a la gente del gobierno sola­mente ha sido posible porque los parias del Servicio Diplomático les han dado una lección de altivez, de orgullo y de solidaridad institucional. Les han ense­ñado que las instituciones republicanas saben cómo defenderse ante el invasor; e) finalmente, hay que denunciar esta nueva artimaña del gobierno destinada a confundir a los intonsos.


Jurídicamente hablando no cabe ha­cer una ‘evaluación’ solamente de los ‘cesados’, pues éstos fueron señalados ‘a dedo’. Por ello no pueden encontrar­se en una situación de ‘capitis dimi­nutio’ frente al resto de sus colegas que han sido mantenidos en la situación de actividad. La ‘evaluación’ o un ‘tribunal de honor’ son meros embelecos para justificar un atropello y es por eso que lo único que cabe es derogar los malha­dados decretos leyes y la resolución suprema fabricados en diciembre de 1992 pues ellos son, como el gobierno hoy lo está reconociendo, totalmente Ilegales.