Sintomáticamente, ahora que el Poder Judicial viene resolviendo favorablemente los recursos presentados por los diplomáticos ‘cesados’ y que la Corte Superior ha dispuesto la reincorporación de once (11) de los mismos y otro buen número viene ganando la batalla en instancias inferiores, el ingeniero Fujimori se torna, aparentemente (para la galería), solícito y, mediante el Decreto Supremo Nº 23-94-RE, del 22 de julio, autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores realizar una evaluación de los funcionarios que fueran ‘cesados’ abruptamente.
Es conveniente aclarar que de esos funcionarios, treinta y cinco (35) fueron defenestrados al reducirse el límite de edad en las diversas categorías y dos (2) lo fueron por ‘límite de tiempo en la categoría’. De los ochenta (80) restantes, entre muertos (de verdad), heridos y contusos hay alrededor de una veintena que no podrán ser incluidos en ‘la evaluación’ lo que limitará la tarea del canciller Goldenberg Schreiber a considerar tan sólo sesenta casos (60). A propósito, cabe aquí desvirtuar una información aparecida en un importante diario local que afirma que el “año anterior el gobierno empezó a rectificar el cese respecto a cinco diplomáticos”; dicha versión no es correcta.
Hay que advertir, también, que el decreto de marras contiene una trampa -cuándo no- y ella es que, de acuerdo a su artículo 3º, “La Dirección General de Administración... queda encargada de dar cumplimiento a las resoluciones ministeriales... siempre que medie la aceptación expresa de los funcionarios involucrados". Como seguramente el señor Goldenberg tiene pensado evaluar positivamente, por razones políticas, a funcionarios de alto nivel, antes de producir la resolución les pedirá que desistan de recurrir al Poder Judicial y si ellos no se prestan a la jugarreta aparecerán como elementos ‘politizados’ o simplemente nadie se entera que el funcionario fue evaluado positivamente.
El procedimiento que se ha buscado en esta ocasión tiende una vez más a elevar a la categoría de principio ético el rupestre apotegma ‘dividir para reinar’.
De otro lado, los contrasentidos en que incurre el nuevo decreto supremo son tan burdos que no existe pupila que no los detecte, lo que pone en evidencia que ha sido redactado, como los decretos leyes de diciembre de 1992, por jornaleros del SIN con el auxilio de algunos acalambrados -por el susto- asesores jurídicos del gobierno.
Entre las perlas que refulgen se encuentran las siguientes: a) Se pretende hacer volver al Servicio a los funcionarios ‘evaluados’, mediante resoluciones ministeriales dejando sin efecto una norma de carácter superior como es la resolución suprema que los ‘cesó’; este cambalache es tan sólo un pretexto para que el ingeniero Fujimori no tenga que firmar la resolución suprema pertinente, o sea no tenga, como lo está haciendo, que rectificarse públicamente; b) Es falso que la resolución suprema que ‘cesó’ a algunos miembros del Servicio Diplomático (lo hizo) al amparo de las normas citadas en los considerandos precedentes (DL 25889 declarando la ‘excedencia’ y DL 26117, nueva Ley del Servicio Diplomático). El primero suponía que el procedimiento implicaba una auténtica evaluación que jamás se realizó y por ello la nómina fue hecha a dedo, allí también que ahora se les quiere ‘evaluar’; luego, tampoco fueron pasados a la situación de ‘retiro’ sino ‘cesados’, situación administrativa inexistente lo que ha obligado a la Cancillería a enmendar recientemente ese error y, subrepticiamente, inscribirles como ‘retirados’ en el escalafón que se acaba de publicar y repartir; c) El decreto supremo menciona erradamente el inciso 24) del art. 119 de la Constitución Política del Perú. Dicho artículo no guarda, concordancia con el DS y, además, no tiene ningún inciso. Falta grave en un documento de esta naturaleza; d) el gobierno declara ahora que ‘es necesario’ autoriza al Ministro de Relaciones Exteriores a realizar una evaluación y adoptar las medidas a que haya lugar.
¿Por qué es necesario ahora y antes no?, ¿por qué este cambio súbito?, ¿no será porque anteriormente actuaron ilegalmente y ahora temen que la Corte Suprema los desenmascare dejándolos sin piso?, ¿cómo reaccionará el gobierno cuando los recursos que ya están en esta instancia sean fallados favorablemente? Este es, sin duda, el meollo del asunto y el origen del pánico gubernamental. Pero lo que ha hecho bajar la cabeza a la gente del gobierno solamente ha sido posible porque los parias del Servicio Diplomático les han dado una lección de altivez, de orgullo y de solidaridad institucional. Les han enseñado que las instituciones republicanas saben cómo defenderse ante el invasor; e) finalmente, hay que denunciar esta nueva artimaña del gobierno destinada a confundir a los intonsos.
Jurídicamente hablando no cabe hacer una ‘evaluación’ solamente de los ‘cesados’, pues éstos fueron señalados ‘a dedo’. Por ello no pueden encontrarse en una situación de ‘capitis diminutio’ frente al resto de sus colegas que han sido mantenidos en la situación de actividad. La ‘evaluación’ o un ‘tribunal de honor’ son meros embelecos para justificar un atropello y es por eso que lo único que cabe es derogar los malhadados decretos leyes y la resolución suprema fabricados en diciembre de 1992 pues ellos son, como el gobierno hoy lo está reconociendo, totalmente Ilegales.
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